ACUERDO 39 DE 2002
(Octubre 31)
Por el cual se regula el procedimiento para la
elaboración y aplicación de las Tablas de Retención Documental en
desarrollo del artículo 24 de la Ley 594 de 2000.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las facultades que le confieren la Ley 80 de 1989, la Ley 489 de 1998 y la Ley General de Archivos 594 de 2000,
Que el artículo 2º de la Ley 80 de 1989 señala las funciones del Archivo
General de la Nación y en su literal b) estipula "fijar políticas y
establecer los reglamentos necesarios para garantizar la conservación y
el uso adecuado del patrimonio documental de la Nación de conformidad
con los planes y programas que sobre la materia adopte la Junta
Directiva" ahora Consejo Directivo en virtud del Decreto 1126 de 1999;
Que la Administración Pública en sus diferentes niveles y las entidades
privadas que cumplen funciones públicas deben elaborar y adoptar las
Tablas de Retención Documental para coadyuvar a la eficiencia de la
gestión del Estado, la conservación del patrimonio documental y el fácil
acceso del ciudadano a la información contenida en los documentos de
archivo;
Que las Tablas de Retención Documental es el listado de series con sus
correspondientes tipos documentales, producidos o recibidos por las
unidades administrativas de una entidad, en cumplimiento de sus
funciones, a las cuales se les asigna el tiempo de permanencia en cada
fase de archivo;
Que las Tablas de Retención Documental son el instrumento archivístico,
esencial que permite la normalización de la gestión documental, la
racionalización de la producción documental y la institucionalización
del ciclo vital de los documentos en los archivos de gestión, central, e
histórico de las entidades
ACUERDA
Artículo 1º. Regular el procedimiento que deben seguir las
entidades del Estado en sus diferentes niveles de la organización
administrativa, territorial y por servicios y las entidades privadas que
prestan servicios públicos, para la elaboración y aplicación de las
Tablas de Retención Documental, el que comprenderá las etapas
relacionadas a continuación.
Primera Etapa. Investigación preliminar sobre la institución y fuentes documentales.
Compilar la información institucional contenida en disposiciones legales
relativas a la creación y cambios de la estructura organizacional,
organigrama vigente, resoluciones y/o actos administrativos de creación
de grupos de trabajo, funciones y manuales de procedimientos.
Aplicar la encuesta a los productores de los documentos con el fin de
identificar las unidades documentales que producen y/o tramitan.
Segunda Etapa. Análisis e interpretación de la información recolectada.
Analizar la producción y trámite documental teniendo en cuenta las
funciones asignadas a las dependencias y los manuales de procedimientos.
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